Ministerio de Transporte amplia la prórroga de la vigencia del ingreso de nuevas llantas y cintas retrorreflectivas al país

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Ministerio de Transporte amplia la prórroga de la vigencia del ingreso de nuevas llantas y cintas retrorreflectivas al país

El Ministerio de Transporte actualizó los reglamentos técnicos vehiculares a través de una armonización con los estándares de Estados Unidos y con los reglamentos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU).

La entrada en vigencia de Ley 2290 del 13 de febrero de 2023, permitirá realizar efectivamente el proceso de inspección, vigilancia y control.

El Ministerio de Transporte actualizó los reglamentos técnicos vehiculares a través de una armonización con los estándares de Estados Unidos y con los reglamentos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU). Lo anterior en coherencia con el ascenso tecnológico vehicular al que le ha apuntado el país, desde el enfoque del ‘Sistema Seguro’.

De esta manera, en un trabajo conjunto entre el ministerio de Transporte, la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) y la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC); se tomó la decisión de ampliar la prorroga de los reglamentos técnicos. Así lo manifestó el Viceministro de Transporte, Carlos Enríquez Caicedo. “Hemos tomado la decisión de generar una prorroga a la entrada en vigencia de todos los reglamentos técnicos que tienen que ver con el ingreso de nuevas llantas para vehículos, motos y cintas retrorreflectivas. Para nosotros es fundamental que estemos preparados para el ingreso de nuevas medidas para país”.

Los Reglamentos técnicos establecen que Colombia aceptará los certificados expedidos por los países firmantes del Acuerdo 1958 y Estados Unidos. “Sin embargo, actualmente nos encontramos a la espera de la revisión por parte de la Corte Constitucional de la Ley 2290 de 2023, por la cual se aprueba la adhesión de Colombia a este acuerdo, requisito previo para la ejecución de las disposiciones incluidas en la citada ley”, puntualizó el viceministro.

La entrada en vigencia de esta Ley, permitirá realizar efectivamente el proceso de inspección, vigilancia y control frente al cumplimiento de lo establecido en los reglamentos técnicos, para que los productores y proveedores puedan demostrar la conformidad de los requisitos establecidos en los reglamentos técnicos con el certificado de homologación (type Approval) y/o Certificados de Conformidad de Producto (COP), procedimiento aplicado por los países contratantes del “Acuerdo Relativo a la Adopción de Reglamentos Técnicos Armonizados de las Naciones Unidas aplicables a los vehículos de ruedas y los equipos y piezas que puedan montarse o utilizarse en estos, y sobre las condiciones de reconocimiento recíproco de las homologaciones concedidas conforme a dichos reglamentos de las Naciones Unidas», suscrito en Ginebra, el 20 de marzo de 1958”.

Por lo anterior, se consideró una prórroga de los reglamentos técnicos que entran en vigencia este año como son las llantas neumáticas nuevas y reencauchadas de vehículos automotores, remolques y semirremolques, las cintas retrorreflectivas para uso en vehículos automotores y sus remolques, y las llantas neumáticas destinadas a motocicletas. Durante el tiempo prorrogado, la Agencia Nacional de Seguridad Vial, realizará el acompañamiento a la Superintendencia de Industria y Comercio para fortalecer las capacidades de inspección, vigilancia y control en la aplicación de estos reglamentos y de esta forma seguir avanzando en su propósito de prevenir siniestros viales y proteger la vida de todos los actores viales.

Fuente: Min Transporte

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