Transporte escolar, con mayor control ⋆ As Transportes
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La Secretaría de Movilidad de Medellín incrementó los controles en las afueras de los colegios. La queja de conductores sancionados es que les hicieron exigencias, en especial de logos de los carros, aún sin salir una norma técnica. FOTO ARCHIVO EDWIN BUSTAMANTE
Dos accidentes de microbuses con estudiantes en Medellín en los últimos 10 días, uno en El Poblado y otro en Campo Valdés, que dejaron como saldo 21 heridos, llevó a la Secretaría de Movilidad a realizar operativos en las entradas y salidas de los colegios para garantizar la seguridad en el transporte escolar.

En desarrollo de controles después de iniciado el calendario escolar en 2018, ese despacho ha sancionado a 217 conductores.
El secretario de Movilidad de Medellín, Humberto Iglesias, les hizo un llamado a los padres de familia para que exijan a los transportadores los documentos que deben portar para prestar este servicio.
Además, el funcionario les recordó a las empresas que deben contar con conductores idóneos para este tipo de transporte.
La abogada Liliana Leal, directora ejecutiva del Gremio Empresarial Nacional de Transporte (Gente), que agrupa a varios propietarios de vehículos de servicios especiales, relató que a muchos de estos conductores los sancionaron por no cumplir una serie de disposiciones, de las que “el Ministerio del Transporte aún no ha expedido la norma técnica”.
Puso como ejemplo que a cinco conductores les hicieron comparendos en días recientes, porque los carros no tenían en el parabrisas delantero el letrero “escolar” invertido, para que desde los retrovisores de los autos delanteros se puedan leer, les faltaban los avisos laterales de transporte especial escolar y por carecer de dos puertas de salida.
El subsecretario de Movilidad de Medellín, Mario Ramírez, contestó que estos operativos se hicieron aplicando el decreto 431 de 2017, emitido por el Ministerio de Transporte, que hizo modificaciones y adiciones a la norma existente que reglamenta este sector.
Especificó que sobre la prestación del servicio público especial, esta nueva disposición establece, por ejemplo, cómo se deben hacer los acuerdos con los centros educativos, mediante el Formato Único de Extracto del Contrato (Fuec), quiénes deben contratar, cuáles es el tiempo de uso de los vehículos, cómo deben ser los logos y avisos, entre otros.
Artículos sin reglamentar
Lupoani Sánchez, presidente ejecutivo de la Asociación Colombiana de Transporte Terrestre Automotor Especial (Acoltés), recordó que el 25 de febrero de 2015 el Ministerio de Transporte expidió el decreto 348 que está vigente, pero tiene 29 reglamentaciones que esa cartera, después de tres años, no los ha especificado, cuando el plazo era de dos años.
Solo, dijo el dirigente, lo hizo con relación al Fuec que es el papel del contrato con los colegios que los conductores saben que deben portar y presentarlo cuando se los piden en vía pública.

Entonces, añadió, falta por reglamentar aspectos como colores, distintivos y normas de seguridad para el servicio de transporte en los sectores salud, turístico, empresarial, discapacitados y escolar.
Sánchez comentó que, como lo dijo el subsecretario de Movilidad de Medellín, el decreto 431 de 2017 sí modificó y reglamentó algunos artículos del decreto 348, “pero quedaron varios sin esa reglamentación y Acoltés le está pidiendo al Ministerio de Transporte que lo haga pronto, para poder salir del limbo jurídico que se está presentando”.
“A los vehículos anteriores a febrero de 2015 no se les pueden aplicar las normas del decreto 431 y las autoridades no los deben sancionar, porque seguirán así hasta que se termine su vida útil, que es de 16 años. Los matriculados después de esa fecha sí tienen que cumplir este decreto”, concluyó el dirigente gremial.

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